ALMA consigue la aprobación legislativa del punto 35 del informe del Estatuto del Artista
Entrevista a Ana Pineda, directora general, y Tomás Rosón, asesor legal de ALMA.
La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual en el Congreso el pasado 21 de febrero incluyó una serie de enmiendas y entre ellas una, la disposición final quinta, por la que ALMA ha estado peleando durante la tramitación del proyecto de ley. En esta entrevista explicamos el proceso.
1.-¿Nos podéis explicar en qué consiste esta enmienda y porqué es importante para nuestra actividad como sindicato?
La enmienda aprobada introduce dos puntos fundamentales por los que ALMA ha venido trabajando históricamente.
En primer lugar, establece en una norma con rango de ley la posibilidad de que ALMA llegue a acuerdos marco con las empresas y asociaciones de empresas que contratan a guionistas por cuenta propia. Esto implica que podemos velar por el respeto de las condiciones profesionales, y no solo los relativos a su remuneración. Hablamos de los términos de la cesión de derechos sobre sus obras, que son mucho más amplios aunque sin duda se ven reflejados en la remuneración de dichos contratos, y también de otros aspectos como plazos de entrega, criterios sobre títulos de crédito, definiciones de los diferentes conceptos (biblia, documento de venta, tratamiento, escaleta, etc.)
La segunda parte de la enmienda quiere clarificar de modo definitivo que dar a conocer precios medios de mercado para el encargo o la cesión de derechos sobre los guiones en cualquier grado de desarrollo no es en ningún modo una práctica que limite la libre competencia en el sector. ALMA siempre ha defendido que publicar este tipo de información no puede considerarse ni acuerdo, ni decisión ni recomendación colectiva o práctica concertada para impedir o restringir la libre competencia.
Por el contrario, informar sobre precios medios de mercado es un signo de transparencia para la industria y por supuesto evita que guionistas jóvenes o que comienzan en la profesión sufran abusos por parte de empresas –muchas sin ningún escrúpulo– que pretenden mantener a un colectivo profesional y a la sociedad en general ignorantes de cuestiones como lo que cuesta de media la cesión de derechos sobre un guión para la producción y explotación de una obra audiovisual con la que están dispuestas a obtener el máximo beneficio, algo que es legítimo y deseable, pero respetando y retribuyendo justamente al autor o a la autora de la obra. Tampoco es ocioso señalar que con mucha frecuencia son las propias productoras audiovisuales las que nos solicitan este tipo de información.
El trabajo de escribir el guión es imprescindible para levantar cualquier producción audiovisual y se realiza en ocasiones por encargo, pero no siempre. Quien es guionista sabe que adelanta su esfuerzo y que asume un riesgo al escribir su obra, pero ponerla en el mercado para que llegue a convertirse en una producción no puede hacerse gratis ni con promesas futuras: tiene un precio y debe ser justo. Tampoco es lo mismo ceder un guión con todos sus derechos incluidos (con la posibilidad de hacer remakes, infinitos capítulos de una serie, para todo el mundo, por el plazo máximo legal…) que hacerlo de forma más limitada (conservando el guionista el derecho a escribir una novela o una obra de teatro, u otras obras derivadas, por un plazo más limitado, etc.)
Por tanto esta segunda parte de la enmienda quiere resolver de una vez por todas la errada pero manida interpretación de que informar sobre precios es actuar contra la libre competencia.
2.- ¿Esta disposición faculta a ALMA para pactar acuerdos colectivos para autónomos con la patronal? ¿Porqué no podíamos hacerlo hasta ahora?
Efectivamente la faculta para hacerlo, tanto con las asociaciones de productores como con las empresas del sector, como de hecho se hace en los países con la industria audiovisual más desarrollada como Gran Bretaña, Estados Unidos y otros de Europa. Hasta ahora nos daba miedo por temor a las autoridades de la competencia, que informaron desfavorablemente al respecto cuando hace años iniciamos un proceso de negociación con FAPAE.
3.- ¿Cómo ha sido el proceso y las acciones llevadas a cabo hasta llegar a este día histórico?
El proceso ha sido como el de una buena película. Ha habido un largo primer acto desde el nacimiento de ALMA como organización sindical para la defensa de los guionistas en España hace ya 30 años. El punto de giro en el asunto de las tarifas llegó en 2012 con la injusta resolución de la Comisión Nacional de la Competencia, que declaró a ALMA responsable de una infracción contra el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia con una sanción de 29.700€ por publicar tarifas cuando contábamos con 270 miembros afiliados.
El segundo acto fue el desarrollo del Estatuto del Artista, que se elaboró entre el 1 de marzo de 2017 y septiembre de 2018, cuando trabajando con los cuatro grupos políticos principales de la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados logramos incluir el punto 35 del informe emitido por la Subcomisión para el Estatuto del artista –que fue aprobado unánimemente en el Congreso— el texto que dio pie a la Disposición final quinta de la LPI.
El último acto ha sido sin duda el más trepidante. En el mes de octubre, el Partido Popular, con el que habíamos logrado reunirnos in extremis poco antes de cerrarse el informe de la subcomisión para explicar nuestras demandas, invitó a ALMA a una reunión para avanzar en ellas.
Se formó un nuevo gobierno surgido de la moción de censura de junio de 2018 y no habíamos logrado hacerle llegar nuestra agenda sobre el punto 35 del informe para el Estatuto del artista.
Aprovechando que la Ley de Propiedad Intelectual estaba en tramitación, pedimos al PP su apoyo para introducir nuestro punto en esa ley, en la que encontrábamos un encaje idóneo tomando como referencia el contrato de edición para una parte de nuestro punto y, siendo una norma de rango legal, también para la publicación de información de mercado que resolviera las dudas sobre competencia.
El PP, que a la sazón contaba con mayoría absoluta en el Senado y podía introducir una posible enmienda en esa fase de la tramitación legislativa, expresó sin embargo a ALMA su preferencia de una acción consensuada y nos animó a enrolar en esta petición al resto de grupos con los que ya habíamos acordado la introducción del punto 35 en el informe del Estatuto del artista.
Tanto Podemos como Ciudadanos y el Partido Socialista manifestaron su apoyo a ALMA, pero debido al avanzado estado de la tramitación legislativa hubo que utilizar una forma poco ortodoxa para introducir la enmienda en otra ya existente con la que tenía poco que ver, y en el último momento todos los grupos acordaron trasladarla a un texto más adecuado y apoyarlo en la fase del Senado.
Llegados al Senado, ALMA volvió a reunirse con el PP, cuyo voto era imprescindible, y le solicitó la inclusión de nuestro texto en el artículo 90 de la LPI. El grupo Popular del Senado mantuvo su palabra y registró la enmienda al artículo 90 en ese órgano, al igual que hizo Podemos, apoyándola para lograr su integración en la ley.
En este momento surgieron diversos contratiempos de técnica legislativa que nos obligaron a tomar una decisión muy delicada que ponía en riesgo la enmienda ya conseguida para salvaguardar los derechos de nuestro gremio en la recaudación colectiva. Es complicado y sería muy largo entrar en detalles, pero finalmente logramos un acuerdo de todos los grupos en el Senado y nuestra propuesta, que incluía la modificación del texto articulado de la LPI, pasó a convertirse en la Disposición final quinta del proyecto de ley, que introducía nuestro punto 35 del informe para el Estatuto del artista en el Real Decreto-ley 3/2004, un texto que no habríamos elegido para este fin pero que fue el que se nos sugirió por el Gobierno.
El grupo Popular del Senado aceptó retirar la enmienda que a petición nuestra había introducido y firmar otra enmienda transaccional junto a PSOE y Podemos en el Senado, que fue la que ha pasado a la Ley en la votación del 21 de febrero de 2019, en el último pleno del Congreso y sobre la bocina. Un final de infarto para nuestra historia.
Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía. (BOE del 2 de marzo de 2019)
Los autores, a través de sus asociaciones representativas, incluidas las sindicales, podrán acordar, con las asociaciones de los empresarios para los que trabajan y con las mismas empresas, condiciones generales para el contrato de producción que contemplen, entre otros aspectos, los remunerativos. En tanto no existan acuerdos que contemplen los aspectos remunerativos o respecto a los supuestos no comprendidos en tales acuerdos, las asociaciones o sindicatos representativos de los autores autónomos podrán publicar a efectos informativos listados de honorarios e información no vinculantes sobre precios medios del mercado.”»
5- ¿Los acuerdos a los que podamos llegar son de obligado cumplimiento para las cadenas/plataformas/productoras?
Evidentemente, se abre ahora un panorama de mucho trabajo en el que aquellas empresas que quieran realmente cuidar y favorecer el talento creador y contar con guionistas de primera línea pueden hablar con ALMA y conocer mejor la realidad de nuestros miembros, a quienes representamos no solo para su seguridad y para que dispongan de condiciones de trabajo justas y favorables, sino también con la vista puesta en contribuir a una industria de calidad. Hoy en día la ficción española es reconocida en todo el mundo y no es una casualidad. Hay muchísimo talento en nuestro país y sus guionistas pueden generar más cultura, más empleo y más industria, y hay cadenas, plataformas y empresas que lo saben, como lo sabemos en ALMA.
Nuestro objetivo en este punto es lograr acuerdos generales dentro de un entorno de producción que, como cualquier acuerdo, obligarán a las partes adheridas a él a cumplir las provisiones que contemplen.
6.- ¿Qué podemos incluir en estos acuerdos? Condiciones laborales, precios, derechos de transformación…?
Podemos incluir todo lo que las partes del acuerdo estén dispuestas a asumir y aprueben conforme a sus procedimientos internos. Cabe presumir que no serán de la misma amplitud y concreción los acuerdos con una asociación de productores que con una cadena de televisión, por ejemplo, y que habrá que ir avanzando en los diferentes aspectos de la posible negociación y generando un clima de confianza basado en el reconocimiento mutuo.
7.- ¿Podemos afirmar que los guionistas de ALMA pueden alcanzar mejores condiciones en el futuro a partir de esta herramienta?
Sin duda podemos hacerlo. Ya hemos alcanzado mejores condiciones porque ya no hay una excusa para la ocultación, para el miedo a preguntar o a contar cuánto cobran nuestros colegas guionistas.
Pero no sólo por este procedimiento: estamos en estrecho contacto con los sindicatos homólogos europeos a través de la Federación Europea de Guionistas para conocer sus acuerdos con asociaciones de productores y cadenas de televisión, estamos trabajando en un taller de negociación subvencionado por las instituciones europeas para guionistas y directores de obras audiovisuales, estamos trabajando con la FSE y otras muchas instituciones para que se reconozca en una Directiva Europea de inminente aprobación algo que ya existe en España, como es el derecho de los guionistas a participar en el éxito de sus obras por su explotación en línea, ahora que el cine y las series se explotan masivamente y a nivel mundial.
Por encima de la satisfacción de haber culminado un largo camino no exento de riesgos y emociones tenemos que celebrar que hemos forjado dos valiosas herramientas de trabajo que, como sindicato, vamos a poner a funcionar desde hoy mismo. Lo hacemos además con la tranquilidad de haber dado todos los pasos para que el legislador lo comprenda y lo apoye: no en todos los momentos, pero todos los grupos representados en las Cortes Generales han dado su apoyo a nuestra demanda en un momento u otro.
Se lo agradecemos especialmente a las personas con las que hemos trabajado mano a mano y con intensidad a lo largo de estos últimos meses. En este caso a Eduardo Maura, Emilio del Río, Félix Álvarez y José Andrés Torres Mora, que no han sido los únicos pero sí nuestros interlocutores más frecuentes, y en algunos casos han demostrado especial cercanía y colaboración. Tampoco podemos olvidar a Marta Rivera, presidenta de la Subcomisión para el Estatuto del artista.
8.- ¿Cuáles son los siguientes pasos?
Muy pronto empezaremos a establecer contactos con las empresas y entidades que ya nos han mostrado su interés en colaborar para cuidar el talento que crea los guiones de sus producciones, y también a poner a disposición de nuestros miembros la información que podemos respaldar sobre el mercado de producción y cesiones de guión.