Los guionistas de «AIRBAG» consiguen que se les reconozca su participación real en beneficios
Después de varios años de pleitos, sentencias y recursos, los guionistas de la taquillera, y posteriormente varias veces emitida, película Airbag Juanma Bajo Ulloa, Karra Elejalde y Fernando Guillén Cuervo-, han conseguido que el Tribunal Supremo fallase a su favor el pasado 23 de marzo para que puedan cobrar el porcentaje de participación del 10, 625 en los beneficios de los coproductores españoles acordada contractualmente.
Los productores de la película, estrenada en 1996, se oponían a pagar la participación en beneficios, alegando que ya la habían pagado, lo que obligó a los guionistas a reclamarla judicialmente y probar los beneficios reales. El Juzgado de Primera Instancia desestimó la pretensión de los guionistas, pero la Audiencia Provincial de Madrid estimó la apelación que formularon, condenando a los productores a abonar dicha participación, que asciende a la bonita suma de 74.481,40 Euros, con independencia de la pagada con anterioridad. La Audiencia Provincial incluyó entre los ingresos de la explotación las cantidades que recibían de la gestora de derechos de los productores, EGEDA. Los productores interpusieron entonces un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, cuestionando, entre otros extremos, la inclusión de dichas cantidades a efectos de determinar la participación de los beneficios netos de la productora en el largometraje.
El Tribunal Supremo no lo considera así, desestimando el recurso de los productores, pues no cree que haya que excluir, según en el contrato firmado por ambas partes, los pagos de EGEDA del cómputo de ingresos para determinar la participación de los guionistas en los beneficios de la explotación de la obra, y recuerda que mientras que ciertos derechos de remuneración de los autores y de los intérpretes de gestión colectiva obligatoria son irrenunciables, no ocurre lo mismo con los del productor, según establece la Ley de Propiedad Intelectual.
En resumidas cuentas, el Tribunal Supremo considera que la Audiencia Provincial de Madrid hizo una interpretación razonable del contrato al tener en cuenta los pagos de EGEDA como parte de los ingresos a efectos de determinar la participación en los beneficios de los tres guionistas acordada en el contrato.
Como se deduce de lo anterior, es sumamente importante para los guionistas negociar con el productor en su contrato la participación concreta en los ingresos de la explotación de la obra, para luego poder reclamarla judicialmente: a veces es un camino largo y tortuoso, pero quien la sigue la consigue. Desde ALMA felicitamos a estos guionistas exitosos y luchadores.