Convenio

 

Entre las novedades, destacamos las siguientes:

  • La jornada semanal para todas las categorías pasa de 35 a 40 horas (art. 15.1. del convenio). Este cambio de jornada no afecta a quienes estuvieran trabajando a jornada completa hasta 35 horas al menos 3 meses de los últimos 12 sin cobrar el plus de disponibilidad (Disposición adicional Segunda del convenio).
  • Pueden consultarse la obligación y las características del registro de jornada en el art. 19. del convenio.
  • El plus de disponibilidad (25% del salario base mensual, legalmente aplicable sobre las 12 pagas ordinarias) se integra en el salario base por ese aumento de jornada.
  • Se aprueba un nuevo complemento de alteración horaria o plus de flexibilidad (art. 28.1.), de aplicación para guionistas.
  • Las tablas de guionistas aprobadas para 2024 establecen los siguientes mínimos salariales:

El importe de estos nuevos salarios mínimos para guionistas se han incrementado superar el importe anual derivado de aplicar las 14 pagas anuales obligatorias por ley debido a nuestra intransigencia con anteriores intentos de la patronal y de algunos sindicatos, que trataron de persuadirnos para aceptar actualizaciones inferiores que suponían de hecho renunciar a las pagas extra. El precio de esa lucha fue vernos privados de la actualización salarial en 2021 y haber perdido poder adquisitivo entre 2017 y 2022. Ahora podemos reclamar los atrasos correspondientes a los años 2022 y 2023, según las tablas publicadas en este III Convenio. 

Tablas salariales para guionistas (año 2022)

 

Tablas salariales para guionistas (año 2023)

 

Nuestro apoyo al nuevo convenio dependía de que las tablas aplicables a partir de 2022 no pudieran aplicarse en perjuicio de los guionistas que habían reclamado las pagas extras de ese año.En general, nuestras jornadas de trabajo son cercanas a las 40 horas, para lo que estaba previsto el plus de disponibilidad, por eso el elemento más determinante era el incremento salarial.

Por esto es tan importante que formes parte del sindicato, que denuncies si te pagan por debajo del convenio y que negocies tu contrato con ALMA. A pesar de ser el sindicato mayoritario de guionistas, necesitamos que la ley reconozca esta realidad y ser un interlocutor con capacidad de decisión en este convenio colectivo.

¡Gracias por tu apoyo y por tu confianza, y ENHORABUENA!

¿Tienes alguna duda sobre la incorporación de los y las guionistas al «III Convenio colectivo de la industria de producción audiovisual»?
Aquí tienes algunas preguntas frecuentes que explican cómo te afecta el Convenio, su ámbito de aplicación, qué se considera salario base o qué hacer en caso de incumplimiento.
Si tienes alguna duda sobre el Convenio o su aplicación puedes ponerte en contacto con ALMA (en el teléfono 91 521 23 39 o en el mail coordinacion@sindicatoalma.es) con nuestra asesoría jurídica, Gravina Abogados.

¿A quién se aplica el convenio?
A todos los y las guionistas (estén o no afiliados a ALMA) que tengan un contrato de trabajo por cuenta ajena de carácter laboral (que no sean autónomos).
¿Cuántas pagas forman el salario anual?
Desde este III convenio (abril de 2024), las pagas están calculadas en su importe bruto mensual, incluyendo la prorrata de las dos pagas extras anuales y el complemento de flexibilidad. Por eso ahora esos importes se multiplican por 12 mensualidades. El convenio fija la jornada semanal y la retribución mensual, en la parte que nos afecta.
¿El Convenio se aplica a todos los guionistas?
No, sólo a los guionistas de contenidos televisivos y/o destinados a su comunicación a través de internet. No se aplica a los guionistas de cine (ni de cortos) ni a los guionistas de radio, videojuegos… que quedan excluidos del Convenio.
¿Por qué solo se aplica a la tele e internet?
Porque el propio Convenio al que se incorporan los guionistas es el de «la industria de producción audiovisual» y no contempla ni radio, ni videojuegos.
¿Y por qué no se aplica a los guionistas de cine si el Convenio sí contempla las obras cinematográficas?
Están excluidos expresamente porque normalmente no suelen tener una relación laboral (facturan como autónomos) y no les son aplicables las condiciones propias de los rodajes, reguladas por el Convenio.
¿Dónde se aplica?
En todo el territorio nacional sin excepciones.
¿Se aplica en todas las productoras y cadenas?
Sí, salvo que exista un convenio colectivo sectorial, autonómico o de empresa vigente que mejore las condiciones laborales previstas en el Convenio general. Entonces se aplicará el convenio más beneficioso para el guionista.
¿Puedo decidir como guionista que no se me aplique el Convenio y cobrar por debajo del salario mínimo?
No, el Convenio es obligatorio para las partes y ni siquiera el trabajador puede renunciar a su aplicación.
¿Desde cuándo se aplica?
El presente convenio colectivo está en vigor desde el 7 de abril de 2024 y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, momento en el que deberán actualizarse los salarios.
Del Convenio ¿se aplican a los guionistas solo las categorías profesionales y las tablas salariales?
No, se aplica todo el Convenio entero en bloque. Lo específico de los guionistas son las tablas salariales que recogen el salario base para las distintas categorías de guionistas y niveles de presupuesto de producción.
¿Cuál va a ser la duración del Convenio?
Se prorroga tácitamente de forma anual, salvo denuncia del mismo.
¿Se ha publicado ya el Convenio?
Sí, se publicó en el BOE el 6 de abril de 2024.
El Convenio ¿afecta a los guionistas autónomos?
No, sólo a los guionistas contratados por cuenta ajena, con contrato laboral y nómina, no a los autónomos.
¿Con los sueldos de los autónomos se podrá llegar a un acuerdo?
Sí, pero este acuerdo debe lograrse con las empresas o sus representantes. Esto es posible desde que ALMA logró la aprobación del punto 35 del Informe para la elaboración de un Estatuto del Artista. 
¿Entonces no se puede saber cuánto se debe cobrar por un guión en el caso de facturar como autónomo?
Hasta que se logren acuerdos con empresas, solo es posible informar de precios medios de mercado. También puedes y debes preguntar en tu entorno y tratar de informarte y consultar con tus compañeros. El secretismo solo beneficia a la patronal.
¿Los salarios base del Convenio son indicativos de los precios de autónomos?
No. El empresario que contrata por cuenta ajena paga aproximadamente un 30 % del sueldo del trabajador a la Seguridad social. Además, los salarios del Convenio son los mínimos que se pueden pagar, no los normales, ni los habituales, ni los aconsejables.
¿Qué es el salario base del Convenio?
Es el salario mínimo que corresponde al guionista por la jornada completa de trabajo sin los complementos salariales (horas extras, mejoras voluntarias, dietas…) que habrá que añadir al salario base para calcular el salario real.
El salario base del Convenio, ¿es bruto o neto?
Es el salario bruto, de ahí hay que descontar la cuota de Seguridad Social que corresponde al trabajador (aprox. un 6,4%) y la retención de IRPF (que es un pago a cuenta de tu IRPF y varía mucho según las condiciones personales del trabajador).
¿El salario base del Convenio a qué jornada de trabajo corresponde?
Según el Convenio la jornada laboral es de 40 horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual, salvo que estuvieras trabajando a jornada completa hasta 35 horas al menos 3 meses de los últimos 12 sin cobrar el plus de disponibilidad. Si se trabajan más horas éstas tendrán la consideración de horas extraordinarias.
El salario base previsto en el Convenio ¿es el salario que se debe cobrar?
No, es lo mínimo que se puede pagar. El guionista con experiencia o créditos nunca debería cobrar el mínimo del Convenio.
El salario base del Convenio ¿se aplica también a los guionistas en periodo de prueba?
Sí, se aplica a todos los guionistas con contrato laboral incluidos en su ámbito de aplicación. Únicamente están excluidos los casos de contrato en prácticas o los becarios, que se rigen por su propia normativa específica.
¿Antes de la inclusión de la profesión de guionista en el Convenio de la industria audiovisual (algo que conseguimos en 2015) existía un salario mínimo para los guionistas?
No, la norma aplicable era el salario mínimo interprofesional general, que en el año 2014 era de 645 euros.
¿Por qué hay diferencia en los salarios mínimos de los guionistas de programas y de los de ficción?
Porque, pese a que ALMA defendió durante la negociación la equiparación de salarios, FAPAE (la antigua asociación patronal que negociaba el convenio) estaba en contra. Al final se consiguió que la diferencia no fuese muy grande pero no la equiparación total. 
¿Qué pasa si mi contrato laboral contradice lo dispuesto en el Convenio?
Toda cláusula contractual que sea contraria a los pactos recogidos en el Convenio, en perjuicio del trabajador, es nula de pleno derecho.
¿Qué hago si mi productora me paga un sueldo más bajo que el previsto en el Convenio?
Reclamar amistosamente (informar de la entrada en vigor del Convenio y de los salarios que contempla) o por vía judicial.
¿ALMA puede reclamar por mí?
No. Las demandas laborales de reclamación de cantidad ha de interponerlas el trabajador (o su representante legal). ALMA, como sindicato, no puede reclamar en tu nombre.
Entonces, en caso de incumplimiento, ¿ALMA no me puede ayudar?
Desde ALMA trataremos de hablar, si así nos lo pides, con las productoras que incumplan el Convenio. Ponte en contacto con nosotros y estudiaremos cuál es la mejor solución a adoptar.
En caso de incumplimiento ¿debo informar a ALMA?
Sí, porque si no nos informas en ALMA no tendremos constancia del incumplimiento del Convenio. Todos los datos que nos des son confidenciales y en ALMA nunca revelaremos ningún dato sin tu consentimiento expreso.
¿Qué plazo hay para reclamar?
Tienes hasta un año desde que debieron abonarte el salario para reclamarlo (tanto en caso de impago como de pago inferior al Convenio o a lo pactado), pero te recomendamos que no lo dejes para el último día porque antes hay que promover un acto de conciliación.
¿Qué pasa si la productora es insolvente?
Reclama de todas formas porque aunque la productora no pueda pagarte el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) cubre parte de tus salarios cuando una productora es declarada insolvente.
¿Cómo puedo saber el salario que tengo que cobrar?
Preguntando en tu productora en qué tramo de las tablas salariales se encuentra tu producción.
¿Y si en mi productora no me quieren informar del presupuesto de mi serie o programa?
Ponte en contacto con ALMA para que estemos informados y podamos ayudarte.